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La organización de sociedades están descritas en las leyes de la República de Nicaragua.
El código de Comercio vigente de Nicaragua en su artículo 118, reconoce y regula cuatro formas o especies de sociedades:
* Sociedad en nombre colectivo
* Sociedad en comandita simple
* Sociedad anónima
* Sociedad en comandita por acciones
La ley 499 o ley de cooperativas regula este tipo de sociedades y la institución responsable del seguimiento cooperativo es el INFOCOOP ahora adscrito al MEFFCA.
Todas las anteriores poseen un característica en común ya que todas se forman para generar utilidades a sus socios por lo que son lucrativas. Algunos suponen que las cooperativas no son lucrativas sin embargo la misma ley conceptualiza a las cooperativas como EMPRESAS por lo tanto, son lucrativas.
En cuanto a las asociaciones y fundaciones estas no poseen fines lucrativas y son aprobadas por la asamblea nacional y reguladas por el Ministerio de Gobernación.
La ley 40 o ley de municipio también permite crear sociedades. En esta ley se menciona la Sociedad Civil Organizada, sin fines de lucro a favor de la auditoría social del gobierno local.
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